martes, 28 de marzo de 2017
Preguntas Y Respuestas...¡¡
Preguntas y
Repuestas
1.
¿Cómo está compuesta Colombia, según la constitución de 1.991?
RTA: Colombia esta compuesta o dividida por
departamentos.
2.
¿Cómo se encuentran divididos los gobiernos departamentales?
RTA: Se encuentra divididos en municipios que están regidos
por un alcalde y un concejo municipal.
3. ¿Cómo están conformadas las asambleas departamentales?
RTA: Las
Asambleas Departamentales están conformadas por no menos de 11 ni más de 31
diputados, dependiendo del censo electoral de cada Departamento.
4.
¿Cuáles son las entidades territoriales en Colombia? Explique cada
una.
RTA: Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los
municipios y los territorios indígenas. La ley podrá darles el carácter deentidades territoriales a las regiones y provincias que se
constituyan, en los términos de la Constitución y la ley.
5.
¿Cómo se divide administrativa y políticamente Colombia, según la Constitución
de 1.991?
RTA: Se dividirá
para fines administrativos en departamentos, distritos, municipios y
territorios indígenas, que es lo que se conoce como División político-administrativa.
6.
¿Cómo se distribuyen los recursos en Colombia?
RTA: El Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y
Municipios tendrá como base inicial el monto de los recursos que la Nación transfiere a las
entidades territoriales antes de entrar en vigencia este acto legislativo por
concepto de situado fiscal, participación de los municipios en los ingresos.
7.
¿Qué son los distritos especiales y las áreas metropolitanas en Colombia?
RTA: Las
leyes reglamentaron la creación de los distritos, y las aéreas Metropolitanas,
estas figuras territoriales se han creado para atender ciertas necesidades, que
se presentan en nuestro territorio nacional.
8.
¿Por qué Colombia posee una des centralización administrativa?
RTA: Porque
los gobernantes están transferencias atenidos a los recursos que generan
provienen de la nación y no colocan en práctica mecanismos "pereza
fiscal" de gestión.
9.
¿Cuántos municipios tiene Colombia actualmente?
RTA: Colombia tiene 1.122 municipios registrados en
el DANE, conteo que incluye los
5 distritos especiales que se cuentan
también como municipios.
10.
¿Cómo es el manejo en cada municipio o distrito?
RTA: Cada municipio tiene su propia organización: poder
ejecutivo, órgano coadministrador y poder judicial .El poder ejecutivo está a
cargo de un Alcalde, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que
ejerce por un período de 4 años a partir de 2004 El Alcalde nombra un gabinete
compuesto por sus secretarios.
11.
¿Cómo son creados los territorios indígenas en Colombia?
RTA: han sido referenciadas ampliamente por su potencial político y como herramienta de reivindicación de derechos colectivos de pueblos indígenas sobre sus territorios y recursos. Sin embargo, a partir de nuevos procesos económicos y políticos, se requiere repensar las potencialidades y las limitaciones de los enfoques convencionales para el análisis de los territorios indígenas, y plantear otras maneras de entender la autonomía territorial y las alternativas de representación y control de los territorios. Así, argumento, que las dinámicas territoriales indígenas se deben analizar bajo el concepto autonomía relacional indígena, la cual genera respuestas que pueden ser consideradas espacialidades alternativas, que a su vez generan nuevas maneras de representación de lo espacial.
RTA: han sido referenciadas ampliamente por su potencial político y como herramienta de reivindicación de derechos colectivos de pueblos indígenas sobre sus territorios y recursos. Sin embargo, a partir de nuevos procesos económicos y políticos, se requiere repensar las potencialidades y las limitaciones de los enfoques convencionales para el análisis de los territorios indígenas, y plantear otras maneras de entender la autonomía territorial y las alternativas de representación y control de los territorios. Así, argumento, que las dinámicas territoriales indígenas se deben analizar bajo el concepto autonomía relacional indígena, la cual genera respuestas que pueden ser consideradas espacialidades alternativas, que a su vez generan nuevas maneras de representación de lo espacial.
12.
¿Cuál es la historia sobre el origen de los departamentos colombianos?
RTA: El origen de los departamentos colombianos se encuentra en la división político-administrativa de la Nueva Granada (hoy Colombia y Panamá), la cual se organizaba en provincias que más o menos se correspondían territorialmente a los departamentos actuales.
RTA: El origen de los departamentos colombianos se encuentra en la división político-administrativa de la Nueva Granada (hoy Colombia y Panamá), la cual se organizaba en provincias que más o menos se correspondían territorialmente a los departamentos actuales.
13.
¿Cómo están representadas las ramas del poder público en los departamentos
colombianos?
RTA: Esta Representadas Por.
RTA: Esta Representadas Por.
El poder ejecutivo:
- Representado por el
Presidente de la República, que hace las veces de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.
También está integrado por los ministros, los directores de los departamentos
administrativos y los superintendentes, que tienen la función primordial de
garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos.
En el nivel regional está representado por gobernadores y alcaldes.
El poder legislativo:
- Representado por
el Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes). Entre sus
funciones más importantes están: promulgar y modificar las leyes, reformar la
Constitución, ejercer control político sobre las acciones del Gobierno y elegir
a altos funcionarios pertenecientes a la rama judicial, los organismos de
control y la Organización Electoral.
El poder judicial:
- Es el encargado de
administrar justicia en nuestro país, así en algunos casos esta función es
ejercida por las otras ramas del poder o por los particulares. La rama judicial
vela por el cumplimiento de la ley y castiga a sus infractores. Según la
Constitución, el poder judicial está conformado por la Fiscalía General de la
Nación y por otros cuatro organismos, conocidos en conjunto como las Altas
Cortes: la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de
Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.
14.
¿Cómo están conformadas las asambleas departamentales?
RTA: Son corporaciones de elección popular que ejercen control político sobre los actos de los Gobernadores, Secretarios del Despacho, gerentes y directores de institutos descentralizados. Gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio.
RTA: Son corporaciones de elección popular que ejercen control político sobre los actos de los Gobernadores, Secretarios del Despacho, gerentes y directores de institutos descentralizados. Gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio.
15. ¿Cómo están representadas las
ramas del poder público en los municipios colombianos?
RTA:
Rama Ejecutiva: Representada por el Gobernador
Rama Legislativa: Representada por la Asamblea Departamental
Rama Judicial: Representada por jueces de un nivel de importancia considerable, llamados Magistrados.
RTA:
Rama Ejecutiva: Representada por el Gobernador
Rama Legislativa: Representada por la Asamblea Departamental
Rama Judicial: Representada por jueces de un nivel de importancia considerable, llamados Magistrados.
16. ¿En dónde se encuentran los
territorios indígenas en Colombia?
RTA: Los indígenas colombianos están distribuidos entre más de 80 etnias, de las cuales las más numerosas son los Wayúu, los Nasa, Senú y Emberá. Habitan en todos los departamentos, pero los de mayor porcentaje de población indígena son Amazonas, La Guajira, Guainía, Vichada, Vaupés , Cauca y Putumayo.
RTA: Los indígenas colombianos están distribuidos entre más de 80 etnias, de las cuales las más numerosas son los Wayúu, los Nasa, Senú y Emberá. Habitan en todos los departamentos, pero los de mayor porcentaje de población indígena son Amazonas, La Guajira, Guainía, Vichada, Vaupés , Cauca y Putumayo.
17.
¿Cómo se creó el Distrito Capital de Bogotá?
RTA: Finalmente el 17 de diciembre de 1954 se expidió el decreto 3640 por medio del cual se organizó el municipio de Bogota como siatrito Especial y por medio de la Ordenanza Número 7 del Concejo Administrativo de Cundinamarca se le anexaron los municipios aledaños de Engativá, Fontibón, Suba, Usme, Usaquén y Bosa.
RTA: Finalmente el 17 de diciembre de 1954 se expidió el decreto 3640 por medio del cual se organizó el municipio de Bogota como siatrito Especial y por medio de la Ordenanza Número 7 del Concejo Administrativo de Cundinamarca se le anexaron los municipios aledaños de Engativá, Fontibón, Suba, Usme, Usaquén y Bosa.
18.
¿A cargo de quién está el gobierno y la administración de Bogotá?
RTA: El Alcalde Mayor del Distrito Capital de Bogotá, comúnmente conocido simplemente como el Alcalde de Bogotá, es la autoridad administrativa y policial más alta del Distrito Especial de Bogotá, y la cabeza de la rama ejecutiva del gobierno local de Bogotá.
RTA: El Alcalde Mayor del Distrito Capital de Bogotá, comúnmente conocido simplemente como el Alcalde de Bogotá, es la autoridad administrativa y policial más alta del Distrito Especial de Bogotá, y la cabeza de la rama ejecutiva del gobierno local de Bogotá.
19.
¿ quiénes manejan las localidades en Bogotá?
RTA: Cada una tiene alcalde propio, llamado Alcalde Menor, y una Junta Administradora Local (JAL).
RTA: Cada una tiene alcalde propio, llamado Alcalde Menor, y una Junta Administradora Local (JAL).
lunes, 13 de marzo de 2017
domingo, 5 de marzo de 2017
Organización Del Estado Colombiano
Organización del Estado Colombiano.
El Estado colombiano está organizado en dos partes: las ramas del poder público y los organismos del Estado.
- Las ramas del poder público son: la rama ejecutiva, la rama legislativa y la rama judicial.
-La otra parte que compone la organización del Estado es el conjunto de Organismos, estos son: las instituciones que componen el grupo de los organismos de control como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del pueblo y la Contraloría General de la República. Un segundo grupo es el de los organismos de la Organización electoral, los cuales son: el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. El tercer grupo de los Organismos del Estado son el Banco de la República y la Comisión Nacional del Servicio Civil. La Comisión Nacional de Televisión entró en liquidación el 10 de abril de 2012, pero entidades como la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Agencia Nacional del Espectro, son las entidades competentes en las labores que esta Comisión solía llevar a cabo. Participación ciudadana Artículos de la constitución / Documentos de la Asamblea Constituyente / Legislación y jurisprudencia Línea de tiempo / Lección para colegios / Publicaciones en línea
La preocupación central de una democracia auténtica consiste en garantizar que todos los miembros de la sociedad tengan una posibilidad real e igual de participar en las decisiones colectivas. Así, cuando nuestra Constitución establece desde su primer artículo que Colombia es una República democrática y participativa, está asumido el reto y el compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de la vida social. Existen dos canales fundamentales a través de los cuales se pone en práctica la participación ciudadana; el primero es el de la representación y el segundo el de la participación directa. Entre más personas haya en un grupo, más difícil es hacer que todos se pongan de acuerdo para tomar una decisión. En el caso de un país con varios millones de habitantes, esto se hace virtualmente imposible.
Por eso la democracia ha adoptado la figura de la representación, según la cual los individuos no participan en todas las decisiones colectivas, sino que participan en la escogencia de los representantes que se encargarán de tomar esas decisiones. Y para que la representación sea más sólida y rigurosa, nuestra democracia exige que esos representantes estén agrupados en organizaciones políticas que tengan unos proyectos, intereses, ideologías y puntos de vista definidos.
Este tipo de organizaciones –denominadas partidos o movimientos políticos– constituyen una garantía para los electores, pues cuando se elige a un candidato que es miembro de un partido, se puede saber de antemano que esa persona, en su labor como representante en el gobierno, tendrá que ser fiel a los propósitos y principios del partido al que pertenece.
Pero la democracia no se agota en las elecciones o en la posibilidad de que los ciudadanos escojamos a nuestros gobernantes cada cierto numero de años. Hay muchos asuntos en los cuales es posible, y conveniente, escuchar la voz de los ciudadanos. Y esto es lo que hace nuestra Constitución al garantizar toda una serie de mecanismos de participación directa para que nos involucremos en el diseño y funcionamiento de las instituciones públicas y evaluemos y controlemos la gestión de quienes hemos elegido para que nos gobiernen.
La participación directa, entonces, se materializa en los mecanismos de participación consagrados en el artículo 40 de la Carta, en las formas de participación de estudiantes, jóvenes y trabajadores, en la vigilancia y fiscalización de la gestión pública, en la participación en la función administrativa, en la administración de justicia por particulares (árbitros o conciliadores), en los mecanismos judiciales para la protección de intereses públicos, entre otros. A través de toda una serie de herramientas consagradas en la Constitución y reguladas en las leyes nacionales, los colombianos podemos entablar una relación directa con las autoridades públicas, dar a conocer nuestras propuestas, presionar para que sean adoptadas, opinar sobre asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las normas, vigilar la conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan a todos o sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre otras formas de participación.
Para ello, se han establecido una serie de mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho político fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que cada uno pueda participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. La Ley 134 de 1994, que reglamenta todo lo relativo a mecanismos de participación ciudadana, regular detalladamente: la iniciativa popular legislativa y normativa, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, el plebiscito y el cabildo abierto.
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